Ofrecemos el servicio de coordinación de seguridad y salud en obras para dar cumplimiento al Real Decreto 1627/97 sobre seguridad y salud en las obras de construcción, por el cual se establece que el promotor debe designar al coordinador de seguridad y salud.
Entre las funciones principales destacan:
Gestión y firma de acta de nombramiento de Coordinador de Seguridad y Salud por el promotor
Asistencia a reuniones previas al comienzo de los trabajos
Aprobar los planes de seguridad y salud o documentos de gestión preventiva necesarios y modificaciones de los mismos (Anexos) con emisión de acta de aprobación
Visado de actas de aprobación de planes de seguridad o documentos de gestión preventiva por Colegio Profesional
Habilitación del “Libro de incidencias” facilitado por Colegio Profesional
Visitas establecidas a obra y emisión del correspondiente informe
Organizar la coordinación de actividades empresariales (RD 171/2004) con reuniones telemáticas o en obra que sean necesarias y emisión de acta de reunión
Velar porque se comunique a la autoridad laboral los accidentes de aplicación
Gestión y firma de acta de fin de obra por el promotor
VENTAJAS DE NUESTRO SERVICIO DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD
Nuestra empresa le brindará una serie de beneficios y ventajas al confiar en nosotros
Aplicamos soluciones reales implementando procedimientos adecuados a los riesgos específicos de cada obra
Minimizamos los riesgos, lo que permite dar respuestas rápidas a los problemas
Evitar costes imprevistos al realizar un análisis efectivo y realista
Reducción de accidentes y riesgo de sanciones
Somos expertos en seguridad y salud laboral con amplia experiencia
Mantenemos la agilidad de la obra cumpliendo los requisitos legales
Facilitamos a través de nuestro Software de Prevención de Riesgos Laborales mejorar la gestión aplicando formularios específicos a la seguridad en obras
El servicio incluye el asesoramiento jurídico especializado para nuestros clientes